En Chile, los tejidos pueden ser obtenidos de donantes vivos y donantes fallecidos.
En el caso de donantes vivos, consiste en la donación voluntaria de un tejido que se origina producto de una cirugía.
En donantes fallecidos, la donación se relaciona con la manifestación en vida de la persona, de acuerdo con la legislación vigente en nuestro país.
Las extracciones son realizadas en centros asistenciales a lo largo de todo el país, que cuenten con programas de generación de tejidos y están a cargo de enfermeros/as llamados Coordinadores/as Locales de Procuramiento. Se realizan en pabellones quirúrgicos o en salas debidamente equipadas, resguardando siempre el respeto por el o la donante y por la integridad de su cuerpo.
De acuerdo con las modificaciones de la ley Nº21.145 de Donación y Trasplante, toda persona que no esté inscrita en el Registro de No Donantes será considerada donante, tanto de órganos como de tejidos. Para mayor información al respecto, revisa aquí.
Todas aquellas personas que cumplan con los criterios clínicos establecidos por los especialistas. Cada tejido varía en características, procesamiento y uso.
Por lo general, estos criterios son: