“No podrán facilitarse ni divulgarse informaciones que permitan identificar al donante. Asimismo, los familiares del donante no podrán conocer la identidad del receptor, ni el receptor o sus familiares la del donante y, en general, queda prohibida cualquier difusión de información que pueda relacionar directamente la extracción con el ulterior injerto o implantación”.
Esta prohibición puede parecer demasiado restrictiva para las familias de donantes y personas trasplantadas que quieran conocer la otra parte de su historia. Sin embargo, el ánimo de la ley es totalmente contrario, pues su objetivo es proteger, cuidar y prevenir situaciones tales como:
La exposición de familias de donantes en un momento doloroso puede conllevar a malas experiencias que afecten su duelo.
La exposición de los receptores en un momento delicado respecto a su salud física y mental, pues puede repercutir en un rechazo emocional del órgano.
La construcción de una relación dañina entre familia de donante y receptor. Existen casos a nivel nacional y mundial donde se registran situaciones de acoso, conflictos de interés o problemas por diferencias de expectativas entre ambas partes.
Así, cuando existe un donante y, por tanto, uno o más trasplantes en un centro asistencial, tanto las instituciones como los medios de comunicación tienen la obligación de cuidar la información de ambas partes, recogiéndola, tratándola y custodiándola en la más estricta confidencialidad .